Marzo 2017, Edición 114
7 de agosto de 2020, 22:48:27
Artículos Medallística


Real y Militar Orden Naval de María Cristina

Por David Ramírez Jiménez


Dispuesta por la ley de 19 de julio de 1889, adicional a la constitutiva del Ejército, la creación de una nueva Orden militar, e instituida ésta en 30 de enero de 1890, con la denominación de María Cristina, el ministro de Marina presentó a las Cortes el 26 de marzo de ese año un proyecto de ley, haciendo extensiva a la Armada, en la parte referente a las recompensas, la citada ley de 19 de julio de 1889.


En cumplimiento de lo ordenado se publicó el Real Decreto de 25 de febrero de 1891,instituyendo la Real y Militar Orden Naval de María Cristinay aprobando su reglamento: “para premiar las grandes hazañas, hechos heroicos, méritos distinguidos, peligros y sufrimientos de las campañas y combates navales, y por los que se hagan acreedores a ser recompensados los oficiales generales y particulares y sus asimilados de los cuerpos e institutos de la Armada”. El Rey menor era el Jefe y Soberano de ella.

En tiempo de paz, sólo en casos muy extraordinarios podían considerarse como hechos de guerra para la concesión de esta condecoración los siguientes:

Que un individuo de la Armada, a bordo o en tierra, sea o no jefe inmediato o directo de tropa o marinería, rebelde o sediciosa, la someta a la obediencia y disciplina, con gran riesgo de su vida.

Que, al surgir colisiones armadas, combates o hechos de armas, en los cuales resulten bajas, cumpla el individuo sus deberes con extraordinario valor, acierto y abnegación.

Aquellos hechos en que, por iniciativa y decisión de un individuo en luchas y combates en que también resultan bajas, y con gran riesgo de su vida, mantenga en defensa de la Nación, de las instituciones o de la disciplina, el honor de las armas, la lealtad de las tropas a sus órdenes y la paz pública.

Aquellas acciones extraordinarias y distinguidísimas de mar, en que, con grave peligro de su vida, del buque o embarcación de su mando o destino, se haya intentado salvar otro buque o náufragos, aunque no se hubiere conseguido.

Según el art. 3 del reglamento de la Orden la placa de la Orden Naval Militar de María Cristina se concedía a propuesta de los capitanes generales de los departamentos, comandantes generales de los apostaderos o escuadras y comandantes de división, estaciones navales o buques surtos donde ocurran los acontecimientos, previo dictamen del Consejo Superior de la Marina o corporación que lo sustituya; y no podía otorgarse sin que los propuestos figurasen nominalmente en el parte detallado de la acción. Al parte acompañará una relación de los presupuestos, que se hará con arreglo a un formulario, la cual se circulaba en la Armada, especificando en la casilla correspondiente todas las circunstancias necesarias para que pudiera formarse juicio exacto del hecho que motivaba la propuesta.

Contralmirante Don Patricio Montojo y Pasarón placa de 3ª clase,con banda, de la Real y Militar Orden Naval de María Cristinaconcedida por Real Decreto de 4 de abril de 1897.

También podían ser recompensados con esta condecoración los generales, jefes y oficiales del Ejército, cuando el mérito contraído era en funciones marítimas de guerra, en concurrencia con fuerzas de la Armada y a las órdenes de generales o jefes de ella; y la pensión estaba a cargo del presupuesto del Ministerio de la Guerra.

Creada la Orden Naval Militar de María Cristina para premiar distinguidos servicios marineros y militares prestados por oficiales de la Armada, y siendo, por lo tanto, una condecoración esencialmente marítimo-militar con derechos pasivos para los interesados y sus familias, no podía otorgarse a ningún funcionario público del orden civil, así como tampoco a individuo alguno que perteneciera a ese estado.

El distintivo de la Orden según el art. 6º del reglamento de 1891 era las placas, siendo la de 1ª clase para oficiales y sus asimilados; la de 2ª para jefes y sus asimilados, y la de 3ª para generales y sus asimilados.

La placa de 1ª clase consistía en un escudo de esmalte con inscripción de oro, cruz, corona de laurel y espadas, de bronce mate, flores de lis en los brazos horizontales, y en los verticales corona real, de oro brillante en el superior, y en el inferior ancla con esmalte azul con arganeo y calabrote de oro, todo este conjunto montado sobre ráfagas de plata abrillantada.

Pasador de la Real y Militar Orden Naval de María Cristina.

Placa de 1ª clase (años 1891-1918).

La de 2ª clase consistía en escudo de esmalte, cruz de plata mate, flores de lis en los brazos horizontales y corona real de oro brillante y ancla esmaltada, con arganeo y calabrote de oro en los verticales, en la forma de la de 1ª clase, coronas de laurel y espadas de oro mate yráfagas de plata abrillantada.

Placa de 2ª clase (años 1891-1918).

La de 3ª clase consistía en escudo de esmalte, cruz, corona de laurel y espada de oro mate, flores de lis, corona real de plata brillante y ancla de esmalte azul, con arganeo y calabrote de plata, colocadas en la misma forma que para las de 1ª y 2ª clase, y ráfagas de oro abrillantado.

Los generales condecorados con esta Orden usaban además una cruz reducida, con anilla que llevaba colgada de la banda. Esta era de moaré, con anchura de 10 centímetros, dividida en tres partes: la central, de 42 milímetros, con los colores nacionales; y la de los costados blancas, de 24 milímetros de ancho cada una y filete carmesí de 5 milímetros de ancho. La repetición de estas condecoraciones se marcaban con pasadores siendo éstos de oro brillante en las placas de 1ª y 2ª clase, y de plata brillante en la de 3ª.

Banda y venera de la placa de 3ª clase (años 1891-1918).

Esta condecoración llevará anexa una pensión equivalente a la diferencia entre el sueldo del empleo en que se obtenga y el del superior inmediato, siempre que esta diferencia sea menor que la pensión máxima que está asignada a la cruz de San Fernando en sus distintos órdenes y en los diversos empleos, pues en caso contrario se rebajaba aquella hasta igualarse con dicha pensión.

La Real y Militar Orden de María Cristina fue suprimida en 1918 su concesión (no su uso por parte de los condecorados) y por Real Decreto de 20 de agosto 1925 (Gaceta de Madrid del 29) se aprobó un nuevo reglamento restableciendo y creando la cruz de plata para la marinería y tropa y el distintivo colectivo introduciéndose, además, en las placas una ligera modificación de tamaño que pasaron a tener un diámetro de 78 milímetro.

Desde el 14 de abril de 1931 hasta el comienzo de la Guerra Civil se mantuvo el uso de las diversas placas en actos públicos y pensiones pero obligando a sus titulares a cambiar las insignias por otras nuevas en las que se habían sustituido los símbolos monárquicos y los colores de la bandera bicolor española por los republicanos.

Placa de 1ª clase (años 1931-1937).

La Real y Militar Orden Naval de María Cristina fue suprimida y sustituida por la Cruz de Guerra que se creó por Decreto nº 192 dado en Burgos el 26 de enero de 1937 (Boletín Oficial del Estado del 27) en que se regularon las recompensas militares por mérito en campaña.

Biblografía

  • · Real Decreto de 25 de enero de 1891 aprobando el reglamento de la Real y Militar Orden Naval de María Cristina (Gaceta de Madrid del 27).
  • · Real Decreto de 20 de agosto de 1925 aprobando el reglamento de la Real y militar Orden Naval de María Cristina (Gaceta de Madrid del 29).
  • · Decreto nº 192 de 26 de enero de 1937 regulando la recompensas militares por mérito en campaña (Boletín Oficial del Estado del 27).

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