A veces no sabemos qué hacer con las monedas sueltas que quedan en nuestra cartera, algunos las usan para pequeñas compras mientras que otros esperan a tener suficientes para depositarlas en el banco. Sin embargo, debemos tener cuidado ya que algunas entidades bancarias pueden cobrarnos una comisión por este tipo de depósitos.
¿Qué tipo de comisiones hay?
Cuando un cliente tiene una cantidad específica de monedas en el banco, es posible que se le cobre una comisión por el recuento. Esta práctica se llama comisión de recuento y se justifica desde la sucursal argumentando que requiere más recursos técnicos y humanos. Sin embargo, no se considera un ingreso ordinario y no está claro cuál es el límite para esta comisión.
Según el Banco de España, las entidades no tienen la obligación de aceptar más de 50 monedas en una misma operación por parte de los clientes, a menos que se realicen actividades delegadas en caja.
Si los clientes necesitan ir al banco con una gran cantidad de monedas de forma habitual, el Banco de España recomienda que se acuerden las condiciones con la entidad. Una de estas condiciones podría ser aceptar más de 50 monedas "salvo posterior recuento".
Además, la sucursal puede ofrecer blísteres a los clientes para que ellos mismos introduzcan las monedas, y se ha establecido que en cada blíster de 2 euros entran 25 monedas.