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Febrero2015, Edición 113    27 de marzo de 2016

La Orden Civil de Alfonso X El Sabio

La Orden Civil de Alfonso X El Sabio

Por David Ram�rez Jim�nez

Por Decreto de 11 de abril de 1939 (BOE del 16) se cre� en Espa�a la Orden Civil de Alfonso X el Sabio, en sustituci�n de la Orden preexistente que premiaba iguales m�ritos denominada Orden Civil de Alfonso XII (creada por Real Decreto de 23 de mayo de 1902).

El reglamento de la nueva Orden fue aprobado por Decreto del Ministerio de Educaci�n Nacional de 14 de abril de 1945 (BOE del 20), siendo modificado por �ltima vez el 2 de septiembre de 1988.

Or�genes, grados e ingreso en la Orden.

La Orden Civil de Alfonso X el Sabio se destina a premiar a las personas f�sicas y jur�dicas y a las Entidades tanto espa�olas como extranjeras, que se hayan distinguido por los m�ritos contra�dos en los campos de la educaci�n, la ciencia, la cultura, la docencia y la investigaci�n o que hayan prestados servicios destacados en cualquiera de ellos en Espa�a o en el �mbito internacional.

La Orden se rige por las disposiciones sobre honores y distinciones, por el art. 7 del Decreto de creaci�n de 14 de abril de 1945 y por el Real Decreto de 2 de septiembre de 1988 (BOE del 8 de septiembre de 1988).

Gran Cruz de la Orden de Alfonso XII.

La Orden comprende las siguientes categor�as: para las personas f�sicas: Collar, Gran Cruz Encomienda con Placa, Encomienda y Cruz; para las personas jur�dicas: Corbata y Placa de Honor.

La categor�a de Collar, Gran Cruz, Encomienda con Placa y Corbata tienen car�cter restringido, no pudiendo exceder su n�mero de 5, 500, 700 y 350, respectivamente.

El Gran Maestre de la Orden es Su Majestad el Rey, en cuyo nombre se otorgan las distintas categor�as de la misma, y a quien por derecho corresponde ostentar el Collar. El Gran Canciller de la Orden es el Ministro de Educaci�n, Cultura y Deporte y el Canciller de la misma el Subsecretario del Departamento.

Uno de los �ltimos actos de imposici�n de las Grandes Cruces de la Orden Civil de Alfonso X el Sabio, celebrado en la Biblioteca Nacional el 14 de abril de 2015.

Como �rgano de asesoramiento y decisi�n existe un Consejo de la Orden compuesto en la forma que se indica a continuaci�n: Presidente: el Subsecretario del Departamento, Canciller; Vocales: Dos miembros de cada una de las categor�as de Gran Cruz, Encomienda con Placa, Encomienda y Cruz, libremente designados por el Ministro de Educaci�n, Cultura y Deporte; por el mismo procedimiento se designar�n ocho vocales suplentes; Secretario: el Oficial Mayor del Ministerio de Educaci�n, Cultura y Deporte.

En todas sus actuaciones, el citado Consejo se ajustar� a las normas que sobre funcionamiento de �rganos colegiados se contiene en la Ley de Procedimiento Administrativo.

El ingreso en la Orden de Alfonso X el Sabio tendr� lugar: Por iniciativa o decisi�n del ministro de Educaci�n, Cultura y Deporte; por propuesta motivada de los �rganos de la Administraci�n P�blica, de Entidades, Centros docentes y autoridades o personas individuales, con sujeci�n a las normas reglamentarias aplicables a los distintos casos.

Las propuesta para ingreso en la Orden Civil de Alfonso X el Sabio se remitir�n a la Canciller�a de la misma y deber�n contener los siguientes extremos: circunstancias personales y domicilio del propuesto; curr�culum vitae en el que necesariamente han de constar cuantos datos se refieran a la actividad del interesado; m�ritos en que se fundamenta la propuesta y por �ltimo, datos personales y profesionales y firma del proponente.

El Collar s�lo podr� ser otorgado a Jefes de Estado o de Gobierno, Presidentes de Altas Instituciones del Estado, y a Presidentes de Organismos Internacionales.

La Gran Cruz �nicamente podr� ser otorgada a personas f�sicas espa�olas que hayan contribuido en grado extraordinario al desarrollo de la educaci�n, la ciencia, la cultura, la docencia o la investigaci�n, siempre que sea patente el nivel excepcional de sus m�ritos.

Las dem�s categor�as de la Orden ser�n concedidas en atenci�n a los m�ritos de los candidatos en los campos espec�ficos de los mismos.

La concesi�n del Collar, Gran Cruz, y la Corbata se efectuar� por Real Decreto, a propuesta del Ministro de Educaci�n, Cultura y Deporte. Las restantes categor�as se conceder�n por Orden del Ministro de Educaci�n, Cultura y Deporte.

Descripci�n de las condecoraciones.

Las caracter�sticas de las distintas categor�as de la Orden de Alfonso X el Sabio son las establecidas en el art�culo 7� del Decreto de 14 de abril de 1945.

Para el Collar, consta de una serie de eslabones colocados de la forma siguiente: un �guila explayada, esmaltada de sable y nimbada de oro, unida a su derecha con una A may�scula de oro coronada de los mismo con la antigua corona de Castilla, y a su izquierda con la cifra X, tambi�n de oro, repiti�ndose esta composici�n hasta alcanzar las dimensiones ordinarias del Collar, del cual pender� una insignia de la forma an�loga a la que se describe para la Gran Cruz.

Collar de la Orden Civil de Alfonso X el Sabio.

La Gran Cruz consiste en una joya en forma de cruz abierta florenzada, de esmalte carmes�. En el centro llevar� una medalla circular de oro que ostentar� esmaltada la efigie del monarca titular, de medio cuerpo, con corona y vestido de una manto cuadriculado, donde figuren, en sus colores, los emblemas her�ldicos de Le�n y Castilla, tal y como est� representado en la iconograf�a contempor�nea; la figura del rey empu�ar� en la mano derecha un cetro terminado con un �guila explayada, y sostendr� en la izquierda un globo rematado con una cruz. En torno correr�, en letra g�tica negra, la inscripci�n �Alfonso X el Sabio, Rey de Castilla y de Le�n�. En el reverso figura un �guila explayada, de color purp�reo, en actitud de mirar hacia la parte superior derecha, ba�ada por rayos de oro, que figuran venir de esta misma direcci�n; las garras se apoyar�n en un mundo del color del mar. En torno llevar�, en letras negras, la leyenda �Altiora peto�. Esta joya ir� pendiente de una banda de seda de color carmes�, dispuesta en la forma acostumbrada. Adem�s se llevar� prendida al lado izquierdo del pecho la Placa de la Orden, de iguales caracter�sticas a las se�aladas para el anverso de la Gran Cruz, pero en mayor tama�o.

Gran Cruz de la Orden Civil de Alfonso X el Sabio.

La Encomienda con Placa tiene como distintivo una Cruz an�loga a la descrita, que se llevar� pendiente del cuello por una cinta de color carmes� de cuarenta mil�metros de ancho, y la Placa igual a la rese�ada anteriormente, colocada en el lado izquierdo del pecho.

Encomienda con placa de la Orden Civil de Alfonso X el Sabio.

La Encomienda sencilla ser� id�ntica a la anterior, igualmente, pendiente del cuello, pero sin Placa para el pecho.

Encomienda de la Orden Civil de Alfonso X el Sabio (anverso y reverso).

La Cruz consiste en una joya igual a las rese�adas, que se lleva en el lado izquierdo del pecho pendiente de una cinta de seda de color carmes� sujeta con un pasador de oro.

Cruz de la Orden Civil de Alfonso X el Sabio (anverso y reverso).

Los Caballeros del Collar, Gran Cruz y Encomienda podr�n usar habitualmente una miniatura en esmalte con la Cruz de la Orden, que ser� llevada en el ojal. Los Caballeros de cualquier categor�a pueden ostentar, en la misma forma, una roseta de color carmes�.

Los eclesi�sticos y los seglares, estos cuando vistan traje acad�mico y aquellos siempre, llevar�n al Gran Cruz �en muceta�; esto es, sobre los dos hombros la banda que terminar� en punta por la espalda y por el pecho colgando de �ste la venera. La Placa ser� llevada sobre la toga o sobre el traje eclesi�stico en forma que no quede oculta por la muceta.

Las Corporaciones o entidades usar�n los emblemas de la Orden en forma de corbata para sus banderas y estandartes, y dibujada, grabada, pintada o bordada la Cruz en los elementos decorativos de uso colectivo.

Corbata de la Orden Civil de Alfonso X el Sabio y ejemplo de t�tulo de concesi�n de la misma (�poca de Franco).

Tratamientos, actualizaciones de grados y registro. La secci�n especial �Al M�rito Docente�

Las personalidades distinguidas con el Collar y la Gran Cruz tendr�n el tratamiento de Excelent�simo/a Sr. o Sra. La Encomienda con Placa supondr� para sus poseedores el tratamiento de Ilustr�simo/a Sr. o Sra.

Las personas condecoradas con las Gran Cruz, Encomienda con Placa, Encomienda y Cruz y las Entidades distinguidas con las categor�as de Corbata y Plata de Honor, remitir�n cada cinco a�os a la Oficial�a Mayor escrito de actualizaci�n de sus datos personales y profesionales, a efectos de su constancia en el Registro de la Canciller�a de la Orden.

Todas las comunicaciones y actuaciones previas al ingreso en la Orden de Alfonso X el Sabio tienen car�cter confidencial y reservado.

La tramitaci�n de todos los asuntos relativos a la Orden corresponder�n a la Oficial�a Mayor, unidad administrativa a quien corresponde las competencias relativas al protocolo y Canciller�a de las Ordenes y Condecoraciones del Departamento.

Lazo para damas desde 1939 a 1988 de la Orden Civil de Alfonso X el Sabio.

El Real Decreto establece una serie de disposiciones finales para equiparar alguno de los grados que se otorgaron con anterioridad a la presente legislaci�n, as� se fija que la categor�a de Banda de la Orden de Alfonso X el Sabio (creada para se�oras por Decreto de 10 de agosto de 1955), concedida antes de 1988, permanezca equiparada a la Gran Cruz, sin que resulte necesario modificar, el diploma extendido en su d�a. De modo similar, la Cruz de Caballero y el Lazo de Dama (creados igualmente en 1955) se equiparan a la categor�a de Cruz. La categor�a de Medalla tambi�n fue suprimida por el Real Decreto de 1988.

Medalla de la Orden Civil de Alfonso X el Sabio, vigente entre 1939 y 1988.

La supresi�n de categor�as que se lleva a cabo por medio de la presente disposici�n no afecta al derecho de seguir ostentando las insignias correspondientes a las condecoraciones extinguidas.

Por Ley General de Educaci�n y Financiamiento de la Reforma Educativa, se instituy� la �Orden al M�rito Docente� para honrar a los Profesores de cualquier nivel de ense�anza que hubiesen alcanzado relieve notorio en el ejercicio de su magisterio. Esta Orden pas� (por Decreto 1092/1972 de 13 de abril) a insertarse como una secci�n especial de la Orden Civil de Alfonso X el Sabio ya que una de sus finalidades es premiar actividades de ense�anza.

Se pod�a entregar tanto a profesorado estatal como no estatal pero deb�a estar en activo en el momento de su entrega. Se estableci� una limitaci�n de quince condecoraciones dentro de un a�o acad�mico y un m�ximo 100 personas otorgadas vivas.

Los profesores incluidos en esta secci�n constitu�an la Asamblea de la Orden de la que era Presidente el Subsecretario de Educaci�n y Ciencia y Vicepresidente el profesor m�s antiguo. Esta Asamblea era la que dictaminaba las propuestas de concesi�n. Dentro de la Asamblea se constituir�n cuatro comisiones: una de Preescolar y Educaci�n B�sica, otra Bachillerato, otra Universitaria y la �ltima de Formaci�n Profesional. El pleno de la Asamblea formaba para cada caso una ponencia formada por tres miembros que formular� un estudio cr�tico de los m�ritos.

Orden de 24 de mayo de 1974 por la que se cre� la insignia de la secci�n �Al M�rito Docente� de la Orden Civil de Alfonso X el Sabio.

La insignia de .la Secci�n especial �Al M�rito Docente� de la Orden de Alfonso X el Sabio, se fij� por Orden de 24 de mayo de 1974 (BOE del 29 de mayo) de estaba constituida por una banda de seda de color carmes�, Con joya pendiente y una placa, iguales a las que para la Gran Cruz establece el art�culo s�ptimo del Decreto de 14 de abril de 1945. Como distintivo caracter�stico, llevaba escrita la palabra �Mag�ster� en letras de oro en la parte superior de la Cruz. Los Profesores condecorados con la Secci�n especial �Al M�rito Docente�' de la Orden de Alfonso X el Sabio tend�an tratamiento de Excelent�simo Se�or y podr�n utilizar tambi�n como titulo honorifico la palabra Maestro o la de �Magister� (o, en sus casos, las abreviaturas M o, Mg.) aisladamente o a continuaci�n de sus t�tulos acad�micos o profesionales. La �ltima concesi�n de esta secci�n la hemos visto publicada en el BOE de fecha 23 de octubre de 1983 (BOE del 2 de diciembre).

Tras la aprobaci�n del actual regulaci�n de la Orden Civil de Alfonso X el Sabio quedaron derogados los siguientes disposiciones reguladoras de la Orden: el Decreto de 26 de enero de 1944; Decreto de 14 de abril de 1945, con excepci�n de su art�culo 7� sobre la descripci�n de las condecoraciones; el Decreto de 11 de agosto de 1953; el Decreto de 10 de agosto de 1955, as� como las dem�s normas de igual o inferior rango que se opongan a lo establecido el en Real Decreto de 2 de septiembre de 1988.

BIBLIOGRAF�A

  • Decreto 11 de abril de 1939 (BOE del 16 de abril), de creaci�n de la Orden de Alfonso X el Sabio.
  • Reglamento de la Orden de Alfonso X el Sabio (Decreto de 11 de abril de 1945 (BOE del 20 de abril).
  • Decreto de 11 de agosto de 1953 (BOE del 7 de septiembre) de modificaci�n del Reglamento de la Orden de Alfonso X el Sabio en sus art�culos 4� y 6�.
  • Decreto de 10 de agosto de 1955 (BOE del 8 de septiembre) de modificaci�n del Reglamento de la Orden de Alfonso X el Sabio.
  • Decreto de 13 de abril de 1972 (BOE del 2 de mayo) de modificaci�n del Decreto de 11 de abril de 1939 de la Orden Civil de Alfonso X el Sabio.
  • Orden de 24 de mayo de 1974 sobre caracter�sticas distintivas de la secci�n �Al M�rito Docente� de la Orden Civil de Alfonso X el Sabio (BOE del 29 de mayo).
  • Real Decreto de 2 de septiembre de 1988 (BOE 8 de septiembre) de regulaci�n de la Orden de Alfonso X el Sabio.
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