El reglamento de la nueva Orden fue aprobado por Decreto del Ministerio de Educaci�n Nacional de 14 de abril de 1945 (BOE del 20), siendo modificado por �ltima vez el 2 de septiembre de 1988.
Or�genes, grados e ingreso en la Orden.
La Orden Civil de Alfonso X el Sabio se destina a premiar a las personas f�sicas y jur�dicas y a las Entidades tanto espa�olas como extranjeras, que se hayan distinguido por los m�ritos contra�dos en los campos de la educaci�n, la ciencia, la cultura, la docencia y la investigaci�n o que hayan prestados servicios destacados en cualquiera de ellos en Espa�a o en el �mbito internacional.
La Orden se rige por las disposiciones sobre honores y distinciones, por el art. 7 del Decreto de creaci�n de 14 de abril de 1945 y por el Real Decreto de 2 de septiembre de 1988 (BOE del 8 de septiembre de 1988).
Gran Cruz de la Orden de Alfonso XII.
La Orden comprende las siguientes categor�as: para las personas f�sicas: Collar, Gran Cruz Encomienda con Placa, Encomienda y Cruz; para las personas jur�dicas: Corbata y Placa de Honor.
La categor�a de Collar, Gran Cruz, Encomienda con Placa y Corbata tienen car�cter restringido, no pudiendo exceder su n�mero de 5, 500, 700 y 350, respectivamente.
El Gran Maestre de la Orden es Su Majestad el Rey, en cuyo nombre se otorgan las distintas categor�as de la misma, y a quien por derecho corresponde ostentar el Collar. El Gran Canciller de la Orden es el Ministro de Educaci�n, Cultura y Deporte y el Canciller de la misma el Subsecretario del Departamento.
Uno de los �ltimos actos de imposici�n de las Grandes Cruces de la Orden Civil de Alfonso X el Sabio, celebrado en la Biblioteca Nacional el 14 de abril de 2015.
Como �rgano de asesoramiento y decisi�n existe un Consejo de la Orden compuesto en la forma que se indica a continuaci�n: Presidente: el Subsecretario del Departamento, Canciller; Vocales: Dos miembros de cada una de las categor�as de Gran Cruz, Encomienda con Placa, Encomienda y Cruz, libremente designados por el Ministro de Educaci�n, Cultura y Deporte; por el mismo procedimiento se designar�n ocho vocales suplentes; Secretario: el Oficial Mayor del Ministerio de Educaci�n, Cultura y Deporte.
En todas sus actuaciones, el citado Consejo se ajustar� a las normas que sobre funcionamiento de �rganos colegiados se contiene en la Ley de Procedimiento Administrativo.
El ingreso en la Orden de Alfonso X el Sabio tendr� lugar: Por iniciativa o decisi�n del ministro de Educaci�n, Cultura y Deporte; por propuesta motivada de los �rganos de la Administraci�n P�blica, de Entidades, Centros docentes y autoridades o personas individuales, con sujeci�n a las normas reglamentarias aplicables a los distintos casos.
Las propuesta para ingreso en la Orden Civil de Alfonso X el Sabio se remitir�n a la Canciller�a de la misma y deber�n contener los siguientes extremos: circunstancias personales y domicilio del propuesto; curr�culum vitae en el que necesariamente han de constar cuantos datos se refieran a la actividad del interesado; m�ritos en que se fundamenta la propuesta y por �ltimo, datos personales y profesionales y firma del proponente.
El Collar s�lo podr� ser otorgado a Jefes de Estado o de Gobierno, Presidentes de Altas Instituciones del Estado, y a Presidentes de Organismos Internacionales.
La Gran Cruz �nicamente podr� ser otorgada a personas f�sicas espa�olas que hayan contribuido en grado extraordinario al desarrollo de la educaci�n, la ciencia, la cultura, la docencia o la investigaci�n, siempre que sea patente el nivel excepcional de sus m�ritos.
Las dem�s categor�as de la Orden ser�n concedidas en atenci�n a los m�ritos de los candidatos en los campos espec�ficos de los mismos.
La concesi�n del Collar, Gran Cruz, y la Corbata se efectuar� por Real Decreto, a propuesta del Ministro de Educaci�n, Cultura y Deporte. Las restantes categor�as se conceder�n por Orden del Ministro de Educaci�n, Cultura y Deporte.
Descripci�n de las condecoraciones.
Las caracter�sticas de las distintas categor�as de la Orden de Alfonso X el Sabio son las establecidas en el art�culo 7� del Decreto de 14 de abril de 1945.
Para el Collar, consta de una serie de eslabones colocados de la forma siguiente: un �guila explayada, esmaltada de sable y nimbada de oro, unida a su derecha con una A may�scula de oro coronada de los mismo con la antigua corona de Castilla, y a su izquierda con la cifra X, tambi�n de oro, repiti�ndose esta composici�n hasta alcanzar las dimensiones ordinarias del Collar, del cual pender� una insignia de la forma an�loga a la que se describe para la Gran Cruz.
Collar de la Orden Civil de Alfonso X el Sabio.
La Gran Cruz consiste en una joya en forma de cruz abierta florenzada, de esmalte carmes�. En el centro llevar� una medalla circular de oro que ostentar� esmaltada la efigie del monarca titular, de medio cuerpo, con corona y vestido de una manto cuadriculado, donde figuren, en sus colores, los emblemas her�ldicos de Le�n y Castilla, tal y como est� representado en la iconograf�a contempor�nea; la figura del rey empu�ar� en la mano derecha un cetro terminado con un �guila explayada, y sostendr� en la izquierda un globo rematado con una cruz. En torno correr�, en letra g�tica negra, la inscripci�n �Alfonso X el Sabio, Rey de Castilla y de Le�n�. En el reverso figura un �guila explayada, de color purp�reo, en actitud de mirar hacia la parte superior derecha, ba�ada por rayos de oro, que figuran venir de esta misma direcci�n; las garras se apoyar�n en un mundo del color del mar. En torno llevar�, en letras negras, la leyenda �Altiora peto�. Esta joya ir� pendiente de una banda de seda de color carmes�, dispuesta en la forma acostumbrada. Adem�s se llevar� prendida al lado izquierdo del pecho la Placa de la Orden, de iguales caracter�sticas a las se�aladas para el anverso de la Gran Cruz, pero en mayor tama�o.
Gran Cruz de la Orden Civil de Alfonso X el Sabio.
La Encomienda con Placa tiene como distintivo una Cruz an�loga a la descrita, que se llevar� pendiente del cuello por una cinta de color carmes� de cuarenta mil�metros de ancho, y la Placa igual a la rese�ada anteriormente, colocada en el lado izquierdo del pecho.
Encomienda con placa de la Orden Civil de Alfonso X el Sabio.
La Encomienda sencilla ser� id�ntica a la anterior, igualmente, pendiente del cuello, pero sin Placa para el pecho.
Encomienda de la Orden Civil de Alfonso X el Sabio (anverso y reverso).
La Cruz consiste en una joya igual a las rese�adas, que se lleva en el lado izquierdo del pecho pendiente de una cinta de seda de color carmes� sujeta con un pasador de oro.
Cruz de la Orden Civil de Alfonso X el Sabio (anverso y reverso).
Los Caballeros del Collar, Gran Cruz y Encomienda podr�n usar habitualmente una miniatura en esmalte con la Cruz de la Orden, que ser� llevada en el ojal. Los Caballeros de cualquier categor�a pueden ostentar, en la misma forma, una roseta de color carmes�.
Los eclesi�sticos y los seglares, estos cuando vistan traje acad�mico y aquellos siempre, llevar�n al Gran Cruz �en muceta�; esto es, sobre los dos hombros la banda que terminar� en punta por la espalda y por el pecho colgando de �ste la venera. La Placa ser� llevada sobre la toga o sobre el traje eclesi�stico en forma que no quede oculta por la muceta.
Las Corporaciones o entidades usar�n los emblemas de la Orden en forma de corbata para sus banderas y estandartes, y dibujada, grabada, pintada o bordada la Cruz en los elementos decorativos de uso colectivo.
Corbata de la Orden Civil de Alfonso X el Sabio y ejemplo de t�tulo de concesi�n de la misma (�poca de Franco).
Tratamientos, actualizaciones de grados y registro. La secci�n especial �Al M�rito Docente�
Las personalidades distinguidas con el Collar y la Gran Cruz tendr�n el tratamiento de Excelent�simo/a Sr. o Sra. La Encomienda con Placa supondr� para sus poseedores el tratamiento de Ilustr�simo/a Sr. o Sra.
Las personas condecoradas con las Gran Cruz, Encomienda con Placa, Encomienda y Cruz y las Entidades distinguidas con las categor�as de Corbata y Plata de Honor, remitir�n cada cinco a�os a la Oficial�a Mayor escrito de actualizaci�n de sus datos personales y profesionales, a efectos de su constancia en el Registro de la Canciller�a de la Orden.
Todas las comunicaciones y actuaciones previas al ingreso en la Orden de Alfonso X el Sabio tienen car�cter confidencial y reservado.
La tramitaci�n de todos los asuntos relativos a la Orden corresponder�n a la Oficial�a Mayor, unidad administrativa a quien corresponde las competencias relativas al protocolo y Canciller�a de las Ordenes y Condecoraciones del Departamento.
Lazo para damas desde 1939 a 1988 de la Orden Civil de Alfonso X el Sabio.
El Real Decreto establece una serie de disposiciones finales para equiparar alguno de los grados que se otorgaron con anterioridad a la presente legislaci�n, as� se fija que la categor�a de Banda de la Orden de Alfonso X el Sabio (creada para se�oras por Decreto de 10 de agosto de 1955), concedida antes de 1988, permanezca equiparada a la Gran Cruz, sin que resulte necesario modificar, el diploma extendido en su d�a. De modo similar, la Cruz de Caballero y el Lazo de Dama (creados igualmente en 1955) se equiparan a la categor�a de Cruz. La categor�a de Medalla tambi�n fue suprimida por el Real Decreto de 1988.
Medalla de la Orden Civil de Alfonso X el Sabio, vigente entre 1939 y 1988.
La supresi�n de categor�as que se lleva a cabo por medio de la presente disposici�n no afecta al derecho de seguir ostentando las insignias correspondientes a las condecoraciones extinguidas.
Por Ley General de Educaci�n y Financiamiento de la Reforma Educativa, se instituy� la �Orden al M�rito Docente� para honrar a los Profesores de cualquier nivel de ense�anza que hubiesen alcanzado relieve notorio en el ejercicio de su magisterio. Esta Orden pas� (por Decreto 1092/1972 de 13 de abril) a insertarse como una secci�n especial de la Orden Civil de Alfonso X el Sabio ya que una de sus finalidades es premiar actividades de ense�anza.
Se pod�a entregar tanto a profesorado estatal como no estatal pero deb�a estar en activo en el momento de su entrega. Se estableci� una limitaci�n de quince condecoraciones dentro de un a�o acad�mico y un m�ximo 100 personas otorgadas vivas.
Los profesores incluidos en esta secci�n constitu�an la Asamblea de la Orden de la que era Presidente el Subsecretario de Educaci�n y Ciencia y Vicepresidente el profesor m�s antiguo. Esta Asamblea era la que dictaminaba las propuestas de concesi�n. Dentro de la Asamblea se constituir�n cuatro comisiones: una de Preescolar y Educaci�n B�sica, otra Bachillerato, otra Universitaria y la �ltima de Formaci�n Profesional. El pleno de la Asamblea formaba para cada caso una ponencia formada por tres miembros que formular� un estudio cr�tico de los m�ritos.
Orden de 24 de mayo de 1974 por la que se cre� la insignia de la secci�n �Al M�rito Docente� de la Orden Civil de Alfonso X el Sabio.
La insignia de .la Secci�n especial �Al M�rito Docente� de la Orden de Alfonso X el Sabio, se fij� por Orden de 24 de mayo de 1974 (BOE del 29 de mayo) de estaba constituida por una banda de seda de color carmes�, Con joya pendiente y una placa, iguales a las que para la Gran Cruz establece el art�culo s�ptimo del Decreto de 14 de abril de 1945. Como distintivo caracter�stico, llevaba escrita la palabra �Mag�ster� en letras de oro en la parte superior de la Cruz. Los Profesores condecorados con la Secci�n especial �Al M�rito Docente�' de la Orden de Alfonso X el Sabio tend�an tratamiento de Excelent�simo Se�or y podr�n utilizar tambi�n como titulo honorifico la palabra Maestro o la de �Magister� (o, en sus casos, las abreviaturas M o, Mg.) aisladamente o a continuaci�n de sus t�tulos acad�micos o profesionales. La �ltima concesi�n de esta secci�n la hemos visto publicada en el BOE de fecha 23 de octubre de 1983 (BOE del 2 de diciembre).
Tras la aprobaci�n del actual regulaci�n de la Orden Civil de Alfonso X el Sabio quedaron derogados los siguientes disposiciones reguladoras de la Orden: el Decreto de 26 de enero de 1944; Decreto de 14 de abril de 1945, con excepci�n de su art�culo 7� sobre la descripci�n de las condecoraciones; el Decreto de 11 de agosto de 1953; el Decreto de 10 de agosto de 1955, as� como las dem�s normas de igual o inferior rango que se opongan a lo establecido el en Real Decreto de 2 de septiembre de 1988.
BIBLIOGRAF�A
- Decreto 11 de abril de 1939 (BOE del 16 de abril), de creaci�n de la Orden de Alfonso X el Sabio.
- Reglamento de la Orden de Alfonso X el Sabio (Decreto de 11 de abril de 1945 (BOE del 20 de abril).
- Decreto de 11 de agosto de 1953 (BOE del 7 de septiembre) de modificaci�n del Reglamento de la Orden de Alfonso X el Sabio en sus art�culos 4� y 6�.
- Decreto de 10 de agosto de 1955 (BOE del 8 de septiembre) de modificaci�n del Reglamento de la Orden de Alfonso X el Sabio.
- Decreto de 13 de abril de 1972 (BOE del 2 de mayo) de modificaci�n del Decreto de 11 de abril de 1939 de la Orden Civil de Alfonso X el Sabio.
- Orden de 24 de mayo de 1974 sobre caracter�sticas distintivas de la secci�n �Al M�rito Docente� de la Orden Civil de Alfonso X el Sabio (BOE del 29 de mayo).
- Real Decreto de 2 de septiembre de 1988 (BOE 8 de septiembre) de regulaci�n de la Orden de Alfonso X el Sabio.