En sus inicios, la moneda romana era muy tosca, y consist�a en trozos de una aleaci�n de un 80% de cobre y un 20% de cinc conocida como oricalco. Estos aes rude, que en un principio no ten�an dise�o ninguno, comenzaron m�s adelante a llevar grabadas representaciones de animales, normalmente ganado, de cuyo nombre latino, pecus, deriv� el t�rmino pecunia, que en un primer momento significaba riqueza, fortuna y tambi�n por extensi�n moneda. En un principio los lingotes ten�an un peso de diecis�is onzas.
Aes rude.
Posiblemente hacia el siglo V a.C. estas piezas estaban ya acu�adas con la representaci�n de un buey o toro, los conocidos como aes signatum, y en ocasiones de otros animales dom�sticos como un cerdo o un carnero. En un sistema econ�mico como el de la Antigua Roma, donde el ganado era la base de la riqueza, el t�rmino capitalis, capital, deriv� de la palabra caput, cabeza de ganado, y asimismo el t�rmino caudal, con el que hoy en d�a se denomina la hacienda o cualquier tipo de bienes y el dinero.
Aes signatum con imagen de un toro.
La moneda romana propiamente dicha fue el conocido como as libral, que data de la �poca en la que Roma hab�a conquistado ya Antium y su territorio ocupaba unos 6.000 km2. Era ya una moneda de forma circular, con el busto de Jano bifronte, el patr�n de los principios y los finales, en su anverso y la proa de una nave en su reverso, representando el futuro poder�o naval de la Rep�blica.
Aes libral con cabeza de Jano bifonte y nave.
Hacia el 269 a.C. el valor de la moneda se indicaba con una barra en los aes, con una S en los semis y en sus fracciones, triens, quadrans y sextans, de acuerdo con su valor en uncias, la base del sistema monetario. En un comienzo los aes pesaban una libra, y estaban divididos en doce quinarios u onzas. En los negocios relacionados con las res mancipi, que eran todas aquellas cuya propiedad se transmit�a por el derecho civil de forma solemne mediante la mancipatio o la in iure cessio, las cosas mancipables eran aquellas que en la sociedad agr�cola romana eran las de mayor valor, como las heredades, los fundos o tierras, las cosas situadas en Italia, los animales de carga y los esclavos. Todas las dem�s cosas se consideraban como res nec mancipi. En los negocios de enajenaci�n de estas res mancipi deb�a seguirse el formalismo solemne del gestum per aes et libram. Seg�n el jurista Gayo, en presencia de cinco testigos, ciudadanos romanos y p�beres, y de otra persona que sosten�a la balanza y actuaba de fiel contraste, el libripens, el comprador o mancipio accipiens sosten�a un trozo de cobre, conocido como raudusculum, ten�a que hacer la afirmaci�n categ�rica de que la cosa vendida era de su propiedad de conformidad con el derecho de los Quirites, los ciudadanos de Roma, hac�a la compra mediante el cobre y la balanza: �hunc ego hominem ex iure Quiritium meum esse aio isque mihi emptus esto hoc aere aeneaque libra.�
Aes grave.
El adquirente golpeaba con el trozo de cobre la balanza, lo entregaba en pago y, con su declaraci�n unilateral se formalizaba el contrato. La cosa deb�a estar presente, y era asimismo necesario que el comprador la tomase en sus manos si era mueble. El trozo de cobre, el aes rude, serv�a de precio en la �poca en la que no exist�a la moneda acu�ada, pecunia numerata. A finales de la Rep�blica se sol�a redactar un documento escrito, que se firmaba por ambas partes y por los testigos, como medio probatorio, si bien si se demostrase que se hab�an omitido palabras o parte de la ceremonia ritual el documento carec�a de todo valor.