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Las labores de la moneda en las cecas de los Reinos de las Indias (I)

Las labores de la moneda en las cecas de los Reinos de las Indias (I)

Por Pedro Dami�n Cano Borrego

La producci�n de metales preciosos y su amonedaci�n fueron las principales actividades industriales de la Am�rica espa�ola, y las remesas de los mismos el principal producto para financiar su activo comercio exterior. Las Casas de Moneda que se fueron abriendo en las Indias tuvieron un origen y un funcionamiento diferenciado, en funci�n el lugar donde radicaron, sus propias costumbres y las caracter�sticas propias de los centros mineros que las alimentaron.

Todo ello dentro del sustrato com�n que hund�a sus ra�ces en la tradici�n medieval castellana, si bien durante el siglo XVIII se tendi� a uniformarlas. Para su estudio contamos con un meticuloso corpus legal, as� como con las obras de los autores coet�neos, que detallan minuciosamente los procesos que se llevaban a cabo, y con los estudios de diversos investigadores.

8 Escudos de Carlos III a�o 1770, acu�ados en la Ceca de Popoy�n.

Desde mediados del siglo XVIII la Corona se esforz� en uniformar el funcionamiento de las Casas de Moneda, siendo otra de las manifestaciones de su pol�tica centralizadora. Durante las dos primeras d�cadas de este siglo el Estado persever� en enmendar el caos monetario producido en la Pen�nsula por la Guerra de Sucesi�n, y ya en 1728 se puso en pr�ctica el plan para la modernizaci�n de todas las cecas metropolitanas y ultramarinas, con la conversi�n de las mismas en empresas p�blicas gestionadas por funcionarios y con la emisi�n de moneda de cordoncillo.

La direcci�n de las Casas de Moneda estaba a cargo de un superintendente, y constaba de tres secciones principales: la contadur�a, la tesorer�a y la fundici�n. El beneficio de las mismas consist�a en el real por marco acu�ado cobrado en concepto de se�oreaje o monedaje, que quedaba en beneficio de la Corona, m�s otros dos reales en concepto de gastos o braceaje. La normativa monetaria indiana establece esta mejora cuantitativa con respecto a las cecas peninsulares, con el cobro de tres reales el marco, fundament�ndola en los mayores costes en los que en las Indias se incurr�an.

Desde la �poca de Carlos I se hab�a establecido que ser�an las Reales Audiencias y las Justicias ordinarias de los lugares donde radicaban las Casas de Moneda las autoridades competentes para conocer de los delitos de falsedad en las monedas. Asimismo, en cada una de las cecas hab�a un Juez de Residencia, nombrado cada dos a�os por los virreyes de Nueva Espa�a y Per� y por el Presidente de la Audiencia de Santa Fe, encargados del control de los alcaldes y oficiales de las Casas de Moneda de sus distritos.

A partir de 1625 se instaur� el sistema de venta de oficios en las cecas, seg�n una pr�ctica com�n en las Indias para cubrir estos cargos al mejor postor y sin perjuicio de tercero, siempre que, al menos seg�n la normativa de referencia, los adquirientes cumpliesen los requisitos necesarios para su ejercicio. Esto supondr� su adquisici�n hereditaria por algunos particulares, que atender�n m�s al beneficio de su actividad que a las necesidades de la econom�a monetaria. En 1733 los oficios pasaron a cargo de la Corona.

Cualquier particular pod�a llevar el metal que poseyese a amonedar, pagando para ello los gastos inherentes a su conversi�n en moneda, que variaban seg�n fuese necesaria alguna liga para aumentar o disminuir su fino. Las Casas de Moneda pagaban con ello a los propietarios del metal un valor menor que el de la moneda labrada, dado que la ley de esta �ltima era inferior.

Fausto de Elhuyar.

Fausto de Elhuyar propon�a en 1814 que no se cobrasen derechos por la acu�aci�n de moneda, dado que los propietarios del metal necesitaban labrarlo para hacer frente a sus pagos, para sus negocios y compras, y con ello perd�an parte de su valor. Sin embargo, los plateros y orfebres obten�an una ganancia al adquirir el metal en barra para sus trabajos.

Para Elh�yar, la Casa de Moneda deb�a comprar y vender el metal a un precio fijo, independientemente de que estuviese amonedado. Esto reportar�a un mayor beneficio para todos los interesados, en el volumen estimado de un mill�n y medio de pesos que se recib�an en la Casa de Moneda de M�xico anualmente para su conversi�n en moneda.

Contamos con varias fuentes que nos muestran c�mo funcionaban las dos principales cecas indianas en los �ltimos a�os del reinado de Carlos II y principios del siglo XVIII. En el caso de la Potos�, los documentos recogidos por Lazo Garc�a y Craig, y en el de la de M�xico la inestimable descripci�n de su Casa de la Moneda realizada por el viajero Juan Francisco Gemelli. Este �ltimo nos da una serie de datos muy ilustrativos sobre la producci�n de moneda mexicana, y seg�n su testimonio la Caja Real de esta ceca recib�a dos millones de marcos de plata anuales, lo que produc�a un circulante de 700.000 marcos de monedas de a ocho reales.

Los edificios e instalaciones de las Casas de Moneda

Los edificios donde se situaban estas Casas de Moneda pod�an ser, de acuerdo con lo estipulado en la Recopilaci�n de las Leyes de Indias, bien de propiedad de la Real Hacienda o bien alquilados a particulares, como sucedi� en la Casa de Moneda de Cartagena de Indias. En caso de ser arrendadas, la normativa de referencia preve�a que los alquileres debidos ser�an satisfechos aplicando las penas por gastos de Justicia, de C�mara si no hubiese de los anteriores, y si faltase de ambos, en cualquier dinero que estuviese en manos de los oficiales de la Real Hacienda.

Casa de la Moneda de Santiago, Santiago de Chile.

Desde los primeros tiempos, se hab�a establecido que las cecas deb�an instalarse en las Casas Reales, siempre que as� fuese posible. S�lo si no hubiese el suficiente espacio en las mismas, se autorizaba el alquiler o la compra de otro solar o edificio para dedicarlo a estos fines, lo m�s cerca posible de las Casas Reales para un mayor control de las mismas, como se especificaba en las Ordenanzas de la de M�xico de 1535.

A ello se debi�, como bien recoge C�spedes, que un edificio industrial que produc�a ruidos y humos, y con un constante peligro de incendio, se instalase en el centro de las grandes urbes virreinales, a poca distancia de las Plazas de Armas, e incluso en ellas mismas. Si bien en un primer momento, por el escaso volumen de acu�aci�n destinado exclusivamente a las necesidades interiores, no se diferenciaban de otra vivienda cualquiera de su vecindad, con el tiempo fueron creciendo y ocupando un espacio cada vez mayor.

Casa de la Moneda de Potos�, en la actualidad Bolivia.

La planta de las primeras de ellas, al igual que las viviendas, fue heredera de la tradici�n mediterr�nea, con muros macizos y pocos vanos protegidos con rejas. La entrada principal se abr�a a un zagu�n, y alrededor del patio se organizaban todas las dependencias de la casa. Al lado del zagu�n se encontraban el puesto de guardia y la oficina para la recepci�n de los metales, y las dem�s estancias albergaban el resto de las dependencias de la instituci�n. Las llamadas oficinas de fuego se situaban contiguamente, al fondo del patio, para paliar el riesgo de incendio.

El incremento de las actividades llev� aparejado el crecimiento de las Casas de Moneda. Las dependencias dedicadas a fundici�n se vieron incrementadas con la sala de cizallas o recortes, y en ocasiones incluso para el beneficio de las tierras, para recuperar la plata que quedaba incrustada en los crisoles de barro y en las paredes o techo. El hecho de que la normativa ordenase la obligatoria residencia de determinados oficiales en la propia ceca tambi�n influy� en su crecimiento, y m�s en el siglo XVIII, cuando la obligaci�n alcanz� a la pr�ctica totalidad de los ministros y a gran parte de los oficiales mayores.

Casa de la Moneda de M�xico, fachada del sal�n de la fragua.

Dado que como comentamos su ubicaci�n sol�a ser en el centro de las ciudades, la ampliaci�n de las cecas fue normalmente costosa, a costa de edificios p�blicos contiguos o mediante la adquisici�n o alquiler de inmuebles lim�trofes. Al principio se intent� aprovechar el espacio de los patios centrales, lo que dio como resultado una urbanizaci�n abigarrada de sus instalaciones.

Las Casas de Moneda de segunda generaci�n mantienen la distribuci�n originaria de la casa mediterr�nea, pero con dos patios intercomunicados. En el primero de ellos, el principal, se ubicaban las viviendas, las oficinas y los talleres, mientras que en el segundo patio, conocido como de fundici�n, se situaban los almacenes, algunos talleres y las oficinas de fuego. Mientras fue posible, el crecimiento de las instalaciones se hizo de forma horizontal, hasta que, agotado el espacio posible, se levantaron plantas superiores en las �reas de residencia del personal, mientras que las oficinas de fuego, que eran de por s� de mayor altura, siguieron siendo de una sola planta. Ya en el siglo XVIII se produjo el mayor crecimiento de los establecimientos, debido a la mecanizaci�n de la producci�n, a la construcci�n de las nuevas viviendas y al aumento del volumen de acu�aciones.

Fachada de la Casa de la Moneda de Lima.

Como recog�a el virrey Gil de Taboada en la Relaci�n de Gobierno que present� en 1796 a su sucesor el bar�n de Vallenari, la ceca de Lima hab�a crecido considerablemente en el periodo de su mando, por lo que si aumentase el producto de las minas deber�a aumentarse en quanto lo permita el terreno. Afirmaba asimismo que su corta extensi�n para aumentar molinos, bancas de hilera y todo lo necesario ofrec�a no poca dificultad, pero confiaba en el buen hacer del superintendente Jos� de la Riva. Argumentaba que su estrechez era la causa de que estuviesen pegadas las fraguas, colinas, fundiciones, carboneras, pajares, chiclas, maderas y otros materiales con grave riesgo de incendio.

Con ello apareci� un tercer modelo, el de las edificaciones de tres patios. El principal se destin� a la recepci�n, puestos de guardia y a viviendas. En el pasadizo hasta el segundo patio se encontraban las oficinas, el archivo y la tesorer�a. En el segundo de ellos se encontraban las dependencias destinadas a la acu�aci�n, los almacenes y las caballerizas, adem�s de la c�rcel. En el �ltimo de ellos se encontraban las oficinas de fundici�n.

Bibliograf�a

Guillermo C�spedes del Castillo, "Las cecas indianas en 1536-1825", en Gonzalo Anes y �lvarez de Castrill�n y Guillermo C�spedes del Castillo, Las Casas de Moneda en los Reinos de Indias, Vol. I., Madrid, Museo Casa de la Moneda, 1996.

Alan K. Craig, Spanish colonial silver coins in the Florida Collection, Gainesville, Florida Heritage, University Press of Florida, 2000.

Manuel Atanasio Fuentes, recopilador, Memoria de los virreyes que han gobernado el Per�, durante el tiempo del coloniaje espa�ol, Tomo Sexto, Lima, Librer�a Central de Felipe Bailly, 1859.

Carlos Lazo Garc�a, Econom�a colonial y R�gimen Monetario, Per�: Siglos XVI-XIX, 3 vol., Lima, Banco de la Reserva del Per�, Fondo Editorial, 1992.

Giovanni Francesco Gemelli Carreri, Viage a la Nueva Espa�a, M�xico, Libro-Mex., 1955, vols. 13 y 14.

Jaime Lluis y Navas-Brusi, "La falsificaci�n de moneda ante las Leyes de Indias", NVMISMA, n� 27, julio-agosto 1957, pp. 41-70.

Fernando Alejandro V�zquez Pando, �Algunas observaciones sobre el derecho monetario de la Nueva Espa�a�, Memoria del X Congreso del Instituto Internacional de Historia del Derecho Indiano, 1995, pp. 1675-1706.

Recopilaci�n de las Leyes de las Indias, Libro IV.

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