La Real y Distinguida Orden Española de Carlos III fue fundada por el Rey del mismo nombre el 19 de septiembre de 1771, en celebridad del felicísimo nacimiento de su nieto el Infante Don Carlos Clemente, hijo de los Príncipes de Asturias (Don Carlos, futuro Carlos IV y Doña María Luisa de Parma). Para ello el monarca fundador tomó como inspiración, en la creación de la nueva Orden, la que estableció en Nápoles en 1738 bajo la protección de San Jenaro y que vino a celebrar su matrimonio con la Reina María Amalia de Sajonia.
El lema de la nueva Orden fue “Virtute et Merito” lo cual marcaba los especiales servicios al monarca y a la religión que debían de tener los agraciados. El Rey puso a la Orden bajo la protección de la Inmaculada Concepción de la que era extraordinariamente devoto, utilizándose la imagen de la Virgen bajo esta advocación en todas las insignias.
Los primitivos Estatutos así como el Decreto de creación llevan fecha de 24 de octubre de 1771, el primer día que la Princesa salió a Misa tras el puerperio; en ellos se establecían dos grados de caballeros dentro de la Orden: Grandes Cruces y los pensionados. Los primeros no excederían de sesenta y los segundos de doscientos, aunque el Rey siempre podría aumentarlos o disminuirlos a su voluntad. Todos ellos debían presentar sus correspondientes pruebas de nobleza. A estas dos primitivas clases se añadiría una tercera, en el año 1783, la de caballeros supernumerarios. El Pontífice Clemente XIV aprobó esta Orden, confirmándola por Breve de 21 de febrero de 1772, y le concedió gracias espirituales, que amplió en otro Breve Su Santidad Pío VI, el 9 de diciembre de 1783.
Para el Gobierno de la Orden el rey creó una Asamblea que entendería los asuntos correspondientes a la misma, que se componía de un prelado, en funciones de Gran Canciller (que solía coincidir con el procapellán mayor-limosnero de Palacio que era a su vez patriarca de las Indias Occidentales), y tres ministros seculares con los oficios de Secretario, Maestro de Ceremonias y Tesorero. Tres caballeros grandes cruces y tres pensionistas completaban los miembros integrantes de la Asamblea.

S.M. Don Carlos III primer jefe y Soberano de la Real y Distinguida Orden Española de Carlos III, ataviado con el manto y collar de la Orden. Anton Rafael Mengs. Palacio Real de Madrid.
El 12 de junio de 1804 Carlos IV reformó los primitivos estatutos en cuestión de insignias, vestiduras y otros honores (aunque las reformas ya se habían puesto en práctica entre 1789 y 1792, como en lo relativo a la nueva banda, cruz de la Orden o al color de los mantos ceremoniales). Añadió a la Asamblea un Contador y un Fiscal además de un Caballero. Estos Estatutos van a ser la norma fundamental por los que se regirá la Orden, con algunas modificaciones, hasta 1931.
Los avatares de la Guerra de la Independencia obligaron al traslado de la Asamblea y demás oficinas a Sevilla y posteriormente a Cádiz acompañando al Gobierno de la Nación. Mientras, era suprimida por el rey José I, quien creaba por el Decreto de 18 de septiembre de 1809 la Orden Real de Caballería de España, de efímera vida como su reinado. Aunque en todo este tiempo no dejó de funcionar, podemos considerar el decreto del rey francés como la primera de las tres supresiones que la Orden sufrió en su historia.
El Rey Don Fernando VII, el 30 de septiembre de 1815, creó una nueva placa para los Caballeros pensionistas, y el 29 de Abril de 1818 modificó el Estatuto X de las Constituciones, variando el sombrero, gola y zapatos que deben usar, según su clase, los Caballeros de la Orden en las grandes solemnidades (capítulos). Así se mantuvo la Orden de Carlos III hasta que la Reina Gobernadora sustituyó, por Real orden de 13 de Enero de 1839, el juramento que prestaban los Caballeros más acorde con las nuevas instituciones constitucionales, que era así:
Juro vivir y morir en vuestra sagrada religión y defender el misterio de la Inmaculada Concepción de la Virgen María; no emplearme directa ni indirectamente en nada contrario á la acendrada lealtad que debo á S.M . el Rey/Reina legítimo de las Españas, (nombre del Soberano), Jefe y Soberano de la Orden; defender sus derechos y los de la nación consignados en la Constitución de la Monarquía; proteger á los leales y cuidar del auxilio de los pobres enfermos desvalidos, singularmente de los individuos de la Orden que hoy me admite en su seno.
Mientras que los extranjeros limitaban su juramento a vivir y morir en la Religión Católica y defender el misterio de la Inmaculada Concepción de María Santísima.
Con la Reina Doña Isabel II (primera mujer en ostentar la Orden como Gran Maestre), el 26 de julio de 1847, se establecieron nuevos reglas para la concesión de los diversos grados de la Orden incorporándola al conjunto de las condecoraciones civiles que otorgaba el Estado. Se aumentaba el número de los grados existentes de tres a cuatro. Estos eran: Caballeros Grandes Cruces (en número de 120); los Caballeros pensionistas pasarían a denominarse Comendadores de Número y los Caballeros Supernumerarios tomarían la denominación de Comendadores Ordinarios. Se creaba la figura del Caballero. Como originalidad se establecía también una especie de escala de tal modo que no se podía alcanzar determinada categoría sin antes haber alcanzado la inmediata anterior (de esta obligación se exceptuaban a los ministros de la Corona, Presidentes de los Cuerpos Colegisladores, Capitanes Generales del Ejército y de la Armada, Embajadores y Presidentes del Tribunal Supremo y los extranjeros). De esta medida quedaban excluidos los extranjeros. El artículo 19 contenía una medida innovadora al considerar suprimidas cualquier tipo de pruebas de nobleza para acceder a la Orden en todos sus grados, así mismo quedaron suprimidas las pensiones que todavía conservaban los antiguos Caballeros pensionistas. Se simplificaba de este modo el trámite y se facilitaba el acceso a la condecoración de un mayor número de personas.

S.M. la Reina Doña Isabel II única soberana femenina que tuvo la Real Orden de Carlos III.
En el Real Decreto de 28 de octubre de 1851, la Reina mandaba que precediera siempre el acuerdo del Consejo de Ministros a la concesión de las Grandes Cruces y que los grados inferiores se otorgaran mediante propuesta del Ministro de Estado y oído la Suprema Asamblea de la Orden, que informaba de las circunstancias de los candidatos propuestos a la condecoración.

Lámina donde se representan las insignias de los distintos grados de la Real Orden de Carlos III (reinado de Isabel II).
No afectaría a la Orden la caída en septiembre de 1868 de la Monarquía y la salida de España de Isabel II. Tanto los distintos gobiernos provisionales como la Monarquía de Don Amadeo I de Saboya respetaron su existencia y continua ron otorgando mercedes, con la llegada de la Primera República en 1873 que las consideró a todas, sin excepción, extinguidas y disueltas sus Asambleas. El autor de tal supresión fue el ministro de Estado republicano don Emilio Castelar y Ripoll, mediante el Decreto de 29 de marzo de 1873, publicado en la Gaceta de Madrid de 2 de abril.
Con el restablecimiento de la Monarquía en la persona de Alfonso XII, vuelve la Corona a recuperar uno de sus «atributos esenciales»: «premiar los servicios extraordinarios prestados al Estado». Así se estableció por un Real Decreto de 7 de enero de 1875, publicado en la Gaceta de Madrid el 8 del mismo mes.
La gran novedad durante este periodo se produjo por Real decreto de 25 de septiembre de 1878 la creación de un nuevo grado dentro del escalafón ya existente. Era éste el de Caballeros del Collar de la Orden, cuyo número quedó fijado en 60 mediando para su concesión la intervención del Consejo de Ministros y no pudiendo acceder a esta categoría quien no poseyera previamente la de Gran cruz, salvo si era extranjero en donde se imponía razones de cortesía. El número de caballeros Grandes Cruces quedó fijado en 100 y el de Encomiendas de número en 350. En 21 de Febrero de 1884, y previa consulta de la Asamblea, se dispuso de Real orden que los Caballeros agraciados con el Collar no puedan usar las insignias hasta que les sean impuestas por S. M. en el Capítulo que se celebra todos los años el día 7 de Diciembre, víspera de la Purísima Concepción.
La Reina Regente con fecha 5 de enero de 1888 abundó en la normas del Real decreto de 1878 requiriendo tres años de permanencia, en general, en la clase inmediata inferior para poder ascender dentro de la Orden; y por otro Real Decreto de 13 de julio de 1896 dispuso que los caballeros investidos con el Collar usuran un distintivo propio consistente en una banda azul con los perfiles blancos, igual a la que el fundador de la Orden asignó a los caballeros Grandes Cruces en los Estatutos de 19 de septiembre de 1771.
Unas últimas disposiciones de 3 de abril de 1905 y 19 de enero de 1910, que se deben a S.M. el Rey Don Alfonso XIII, reforzaban las de 1888 y aclaraban algunos puntos de ellas, no así se estableció un cupo de los Collares a súbditos españoles en 20, el de Grandes Cruces en 80 y de las Encomiendas con Placa en 250, con excepción de las concesiones hechas a persona de la Familia Real y a extranjeros que no estaban sometidas a ninguna limitación. No obstante, hay que subrayar este último Decreto de 1910 porque él será la norma fundamental por la que se rija la concesión de Cruces de la Orden de Carlos III.

S.M. Don Alfonso XIII con la placa y banda de la categoría del Collar de laReal Orden de Carlos III (año 1902). Luis García Sampedro. Museo Nacional del Prado.
Hasta ese momento no podemos dejar de mencionar que la Orden de Carlos III fue suprimida -por tercera vez- al advenimiento de la Segunda República Española por el Decreto de 24 de julio de 1931, permaneciendo en ese estado hasta el año de 1942 en que por Decreto de 10 de mayo de dicho año se restablecía en los mismos términos en que los estaba antes del 14 de abril, es decir el Reglamento de 1910 el cual se mantuvo en vigor hasta la aprobación del nuevo Reglamento de la Orden el 11 de octubre de 2002.
Recordemos, que antes, por Real Decreto 2103/1983, de 4 de agosto, y en virtud de la buscar la equiparación de derechos entre el hombre y la mujer que la Constitución Española de 1978 establece se dispuso que la concesión de la Real y Muy Distinguida Orden Española de Carlos III pudiera tener lugar a favor asimismo de las damas, en los grados que se determinasen, y no sólo a hombres. Es de notar que ya se había hecho una concesión de la Orden a mujeres no jefas la Orden de Carlos III a favor de S.A.R. la princesa Doña Sofía de Grecia en el año 1962 a la que se le otorgó la Gran Cruz, e incluso la categoría del collar se otorgó (antes de esa modificación de 1983), por primera vez, en el año 1980 a S.M. la Reina Margarita II de Dinamarca como preámbulo a la visita oficial que SS.MM. los Reyes de España realizaron a aquel país.

SS.MM. los Reyes Don Juan Carlos I y Doña Sofía(S.M. el Rey luce la banda y placa de la categoría del Collar y S.M la Reina la banda y placa de la categoría de Gran Cruz de la Orden de Carlos III que les fueron otorgadas en 1962 por el general Francisco Franco con motivo de su enlace).
Para finalizar esta breve reseña histórica hay que señalar que la Real Orden de Carlos III se ha concedido también a título póstumo a dos ex presidentes de Gobierno en el año 2008 a Don Leopoldo Calvo-Sotelo y Bustelo y en 2014 a Don Adolfo Suárez González.

Acto de imposición a Don Adolfo Suárez (a título póstumo) del collar de la Orden de Carlos III (Congreso de los Diputados 24 de marzo de 2014).
Las insignias y grados de la Real y Distinguida Orden Española de Carlos III en la actualidad.
Las insignias de la Orden que son las actualmente vigentes desde 2002 para los distintos grados son:
Grado de Collar
Collar: estará formado por la sucesión de piezas o eslabones siguiente: la cifra de oro del Monarca que da nombre a la Real Orden, orlada de palma y laurel de oro, esmaltados en verde y rojo; seguida, a ambos lados, por dos leones rampantes de oro vueltos hacia la cifra, seguidos cada uno por un castillo, también de oro, al que sucede un trofeo de guerra, compuesto por un casco de caballero de oro y dos banderas en aspa, la puesta en banda de oro, esmaltada en rojo, acompañada de un basto de oro, y la puesta en barra esmaltada en azul, acompañada por un haz de líctor de oro, todo orlado de hojas de laurel esmaltadas en verde. A esta secuencia seguirá otra de castillo, león, cifra, león, castillo, trofeo, hasta completar el total de eslabones que forman el collar, que será de 41. De la de la cifra, que figurará como central, penderá la venera de la Orden, mediante dos cadenillas de oro.

Collar y uso del mismo por S.M. el Rey emérito Don Juan Carlos I.
Venera: La venera de la Real Orden será una cruz de oro, formada por cuatro brazos iguales, simé- tricos dos a dos, rematados por ocho esferas de oro, cuyo centro o llama será de esmalte azul añil, contornado por una franja de esmalte blanco. En cada entrebrazo figurará una flor de lis de oro pulido. En el anverso, en exergo, sobrepuesto un óvalo de oro, orlado de esmalte azul, en cuyo centro llevará la imagen de la Purísima Concepción en sus esmaltes. En el reverso, llevará, en exergo, un óvalo en cuyo centro, esmaltado en azul, con la cifra de Carlos III de oro, orlada con la leyenda “VIRTUTI ET MERITO” de oro, sobre esmalte blanco. Esta cruz irá coronada por dos ramas de laurel de oro, anudadas por un lazo de esmalte azul. Sus dimensiones máximas son de 50 milímetros de ancho por 75 milímetros de alto, incluida la corona de laurel.

Gran Cruz del Collar: las personas que estén en posesión del Collar podrán usar, en actos cuyo ceremonial no requiera ostentar el mismo, una banda y una Gran Cruz cuyas características se describen a continuación: Será la banda de seda, de 101 milímetros de ancho, de color azul celeste, con dos franjas blancas, de seis milímetros de ancho, que corren paralelas a cuatro milímetros del borde de la cinta. Dicha banda se unirá en sus extremos mediante un rosetón picado, confeccionado con la misma tela que la banda, del cual penderá la venera de la Real Orden, cuyas dimensiones máximas serán de 50 por 75 milímetros. Conjuntamente con la Banda se ostentará una placa de plata abrillantada, de dimensiones máximas de 75 por 80 milímetros, formada por cuatro brazos iguales con ocho puntas rematadas por sendas semiesferas lisas, simétricos dos a dos. En cada entrebrazo figurará una flor de lis abrillantada, de oro. Como exergo, un óvalo en cuyo centro llevará la imagen de la Purísima Concepción en sus esmaltes y, a sus pies, la cifra de Carlos III, orlada de laurel, con el lema “VIRTUTI ET MERITO”, sobre una cartela esmaltada en blanco, orlada de una franja de esmalte azul. Cerrando el óvalo, una franja de esmalte azul orlada de plata abrillantada.

Placa y banda de la Categoría del Collar del Real Orden de Carlos III y uso de la misma en el retrato oficial de S.M. el Rey Don Felipe VI.
Grado de Gran Cruz
Utilizan una banda de seda de 101 milímetros de ancho de color azul celeste con una franja central de color blanco de 33 milímetros de ancho. Dicha banda se unirá en sus extremos mediante un rosetón picado, confeccionado con la misma tela que la banda, del cual penderá la venera de la Real Orden, cuyas dimensiones máximas serán 50 por 75 milímetros.

Conjuntamente con la Banda ostentará una placa de plata abrillantada, de dimensiones máximas de 75 por 80 milímetros formada por cuatro brazos iguales con ocho puntas rematadas por senda semiesferas lisas, simétricos dos a dos. En cada antebrazo figurará una flor de lis de plata abrillantada. Como exergo, un óvalo en cuyo centro llevará la imagen de la Purísima Concepción en sus esmaltes, y a su pies, la cifra de Carlos III, orlada de laurel, con el lema “VIRTUTI ET MERITO”, sobre una cartela esmaltada de blanco, orlada de una franja de esmalte azul. Cerrando el óvalo, una franja de esmalte azul orlada de plata abrillantada.

Grado de Comendador de Número
Los Comendadores de Número llevarán como insignia una placa de plata abrillantada, de dimensiones máximas de 75 por 80 milímetros, formada por cuatro brazos iguales con ocho puntas rematadas por sendas semiesferas lisas, simétricos dos a dos, cuyo centro o llama será de esmalte azul. En cada entrebrazo figurará una flor de lis de plata abrillantada. En exergo, un óvalo en cuyo centro llevará la cifra de Carlos III de oro, sobre esmalte azul, orlada por una corona de laurel, en sus esmaltes, todo ello calado y sobre un fondo de plata pulida.

Grado de Comendador
Los Comendadores llevarán, pendiente del cuello con una cinta azul celeste de 45 milímetros de ancho, con una franja central de color blanco de 15 milímetros de anchura, una cruz de oro, de 52 milímetros de diámetro, formada por cuatro brazos iguales, simétricos dos a dos, rematados por ocho esferas de oro, cuyo centro o llama será de esmalte azul añil, contornado por una franja de esmalte blanco. En cada entrebrazo figurará una flor de lis de oro pulido. En el anverso, en exergo, sobrepuesto un óvalo de oro, orlado de esmalte azul, en cuyo centro llevará la imagen de la Purísima Concepción en sus esmaltes. En el reverso, llevará, en exergo, un óvalo en cuyo centro, esmaltado en azul, con la cifra de Carlos III de oro, orlada con la leyenda «VIRTUTI ET MERITO» de oro, sobre esmalte blanco. Esta cruz irá coronada por dos ramas de laurel de oro, anudadas por un lazo de esmalte azul, en cuya parte superior se encontrará el ojal para el paso de la cinta.

Grado de Cruz
Llevarán una cruz de oro, formada por cuatro brazos iguales, simétricos dos a dos, rematados por ocho esferas de oro, cuyo centro o llama será de esmalte azul añil, contornado por una franja de esmalte blanco. En cada entrebrazo figurará una flor de lis de oro pulido. En el anverso, en exergo, sobrepuesto un óvalo de oro, orlado de esmalte azul, en cuyo centro llevará la imagen de la Purísima Concepción en sus esmaltes. En el reverso, llevará, en exergo, un óvalo en cuyo centro, esmaltado en azul, con la cifra de Carlos III de oro, orlada con la leyenda “VIRTUTI ET MERITO” de oro, sobre esmalte blanco. Esta cruz irá coronada por dos ramas de laurel de oro, anudadas por un lazo de esmalte azul. Sus dimensiones máximas son de 50 milímetros de ancho por 75 milímetros de alto, incluida la corona de laurel. Esta insignia se portará mediante un pasador-hebilla de metal dorado, pendiente de una cinta de 30 milímetros de anchura, de color azul celeste, con una franja en el centro de color blanco, de 10 milímetros de anchura.


Dos variantes del uso por parte de S.M. la Reina Letizia la Real y Distinguida Orden Española de Carlos III para la categoría Gran Cruz (banda y placa o lazo-insignia).
De todas estas distinciones y grados existen variantes adaptadas a las agraciadas de sexo femenino, tal y como se aprecia en el grado de Gran Cruz que le fue conferido el 21 de mayo de 2004 a la entonces Princesa de Asturias Doña Letizia Ortiz Rocasolano (banda más estrecha).
Bibliografía
- Gaceta de Madrid.
- MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES (1960): Resumen histórico de la Real y Distinguida Orden de Carlos III.
- RAVINAMARTÍN, MANUEL: Inventario de los libros registrados de la Orden de Carlos III, Isabel la Católica y Damas nobles de María Luisa, conservados en el Archivo del Ministerio de Asuntos Exteriores.- En: "Hidalguía", nº 226-227 (1991), págs. 369-399.
- Real Decreto 1051/2002 por el que se aprueba el Reglamento de la Real y Distinguida Orden Española de Carlos III (BOE del 12 de octubre de 2002).